El pasado 16 de enero la RANCA comparecio en la Comision de Sostenibilidad y Medio Ambiente del Parlamento de Andalucia exponiendo nuestro parecer y propuestas del Proyecto de Ley de Montes, con presencia de los portavoces de los grupos politicos. El resumen de las ideas expuestas es el siguiente, que fueron expuestas por Indalecio de la Lastra en representacion.
IDEA 1: Proponemos que la Ley de Montes tenga entre sus referencias básicas conseguir el Buen Estado Ecológico de las masas de agua, tanto superficiales como subterráneas, a través de la mejor gestión posible de las masas forestales y el desarrollo de nuevas actuaciones de regeneración Hidrologico-Forestal, que deben estar integradas dentro de los Planes Hidrológicos de las Demarcaciones andaluzas. Pensamos este asunto debe tener mayor relevancia en la Exposición de Motivos de la Ley y en la organización de los diferentes Títulos, Capítulos y articulado, lo que permitiría integrar la regulación hidrológica de las de las demarcaciones del agua de Andalucia con la restauración forestal, y de forma transversal. El entendimiento de que las actuaciones de reforestación forestal suponen una buena práctica para los objetivos hidrológicos van a conseguir mejoras para la restauración de los ríos y cauces naturales, y por extensión de las riberas y márgenes fluviales, repercutirá también en mitigar las avenidas e inundaciones al aumentar las retenciones en las cuencas de cabecera, así como en la reducción del aporte de sedimentos a embalses. Las medidas de restauración hidrológico-forestal se realizarán preferentemente en las zonas consideradas como preferentes que se concretarán en la elaboración de los Planes Hidrológicos de las distintas demarcaciones hidrográficas de Andalucía, actualmente en proceso de elaboración del cuarto ciclo de planificación 2028-2033. Sobre esta consideración, seria posible que desde los consensos que puedan surgir desde la participación de los Planes Hidrológicos en Andalucia se formularan propuestas de reforestación Hidrologico-forestal y se podrían desarrollar por las administraciones hidráulicas. Actualmente, la planificación hidrológica no esta integrada con la reforestación hidrológica, ante la ausencia de un marco económico financiero y por esta razón se pierden oportunidades de hacer realidad actuaciones de esta naturaleza amparadas por los Planes Hidrológicos.
IDEA 2: La Ley debe tener presente que previamente a la planificación hidrológica española ya existían históricamente las Zonas Hidrologico-Forestales que desarrollaban los denominados Servicios Forestales, desde el año 1901. Incluían la designación de zonas forestales protectoras, enfocadas también para la contención de sedimentos en las cuencas afectadas por erosión y deforestación. Dichas zonas ya tenian por tanto una visión temprana de la restauración y protección de las cuencas contra la erosión, la perdida de suelo y la lucha contra las sequías. La Ley deberia dar continuidad a la forma de planificar la restauración hidrológico-forestal en Andalucia, que hoy se formaliza en los Planes Hidrológicos de las Demarcaciones fluviales, donde las zonas forestales constituyen los reservorios donde se produce la retención de importantes volúmenes de agua, vitales para que manantiales y surgencias puedan mantener flujos durante los periodos del verano. Pensamos que la Ley de Montes debería conceptualmente mantener este criterio, para incluir este tipo de medidas en los Planes Hidrológicos en elaboración actualmente. Esta cuestión resulta especialmente importante para el buen estado ecológico de las cabeceras de las demarcaciones hidrológicas andaluzas, procesos relacionados con las prioridades para disponer de un territorio diverso, por sus beneficios directos con la retención de suelo, la mayor infiltración del agua de lluvia, la recarga de los acuíferos, el buen estado de los manantiales y de las escorrentías superficiales, el control de erosión y en definitiva la regulación de los cauces fluviales y del régimen de las inundaciones en avenidas extraordinarias por su efecto positivo para asegurar el abastecimiento de poblaciones y mitigar las avenidas y los desastres naturales consecuencia de un territorio mal gestionado. Todas estas cuestiones resultan esenciales en Andalucia ante un escenario de cambio climático, donde los largos periodos estivales aumentan los conflictos derivados de los episodios de sequía.
IDEA 3: Se propone vincular la Ley Forestal con el Plan Nacional de Actuaciones Prioritarias en Restauración Hidrológico-Forestal, Control de la Erosión y Lucha contra la Desertificación (PNAP), el instrumento principal del Ministerio para la Transición Ecológica de España para gestionar y restaurar ecosistemas degradados, que se centra en la reforestación, la mejora de cubierta vegetal, restauración de riberas y obras de corrección de cauces, al estar vinculados entre sí. De esta manera se podrán conseguir fuentes de financiación concretas, que se enfocarían en las zonas prioritarias de mayor incidencia para prevenir la erosión y mejorar la resiliencia del suelo frente a incendios y frente a la aridez, alineándose con estrategias nacionales más amplias como la Estrategia Nacional de Restauración del Paisaje Forestal. Este Plan Nacional hace referencia al “Mapa de Prioridades”, en materia de restauración hidrológico-forestal estableciendo cuatro categorías que van desde la Prioridad 1 hasta la Prioridad 4, en función de las actuaciones que pudieran establecerse. Las zonas con mayor prioridad de reforestación se concentran en las zonas de cabecera de las demarcaciones Guadalquivir (municipios con grandes acuíferos que son vitales para la escorrentía del rio Guadalquivir, como Santiago-Pontones, Huéscar, La Puebla de Don Fadrique, entre otros), cabecera del rio Guadiana en las comarcas cordobesas de Los Pedroches y la faja piritica minera, así como las cuencas de Guadalete-Barbate y de las sierras del noroeste de la provincia de Huelva, que forman cabecera de los afluentes andaluces del rio Guadiana por la izquierda, en la comarca del Andevalo, por cierto bastante amenazada por los procesos de sequía, desertización y erosión, que aumentaran con el cambio climático.
IDEA 4: Se propone incluir en la Ley de Montes la referencia del Mapa de Prioridades de reforestación incluido en el Plan Nacional de Actuaciones Prioritarias en Restauración Hidrologico-Forestal. Sería una aportación interesante porque alumbraría la elaboración de los Planes Hidrológicos de las Demarcaciones de Andalucia, actualmente en su cuarto ciclo de planificación 2028-2033, de forma que puedan integrar actuaciones de reforestación hidrológico-forestal incluidas en el Plan Nacional de Restauración Forestal para Andalucia. Estas actuaciones se desarrollarían con el visto bueno y supervisión de la Consejería de Agricultura, fruto de la participación pública y del resultado de las alegaciones finalmente consideradas en los procesos de planificación.
IDEA 5: Se propone incluir en el texto la conveniencia de medidas de reforestación en las cuencas de influencia de Áreas con Riesgo Potencial Significativo de Inundación (ARPSIs) identificadas en las Evaluaciones Preliminares de Riesgos de Inundación (EPRI) en el ámbito de cada demarcación hidrográfica.